viernes, 11 de junio de 2010

PROTEGER A LOS NIÑOS DE LA RED


      La explosión de Internet en los últimos años ha dado paso al planteamiento de nuevas formas de comunicación. Internet se ha constituido en un medio de contacto tremendamente versátil y potente así como en un instrumento útil en favor del respeto y ejercicio efectivo de los derechos de la infancia, recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1989 y ratificada actualmente por 191 Estados. Aunque, como en el resto de manifestaciones humanas, la contravención de los derechos de la infancia, está también desgraciadamente presente en la Red. Este aspecto no debe escaparse de cualquier consideración, ya que los niños, gracias a su innata curiosidad y gracias a su facilidad de adaptación a los nuevos medios, se han convertido en usuarios de Internet, y, en muchos casos, en usuarios avanzados.
      Por un lado, Internet ofrece claras ventajas, sobre todo en el campo de la educación, por cuanto mejora las posibilidades de los consumidores, reduce los obstáculos para la creación y distribución de contenidos y ofrece un amplio acceso a fuentes de información digital cada vez más ricas.

      Por otro lado, los menores representan el grupo más vulnerable dentro de los usuarios de la Red: son víctimas potenciales de actividades ilícitas (tráfico de niños, pornografía y prostitución infantil, etc.) y tienen fácil acceso a contenidos desaconsejables (pornografía, violencia, racismo, xenofobia, discriminación por razón de género, etc.) que puedan afectar negativamente a su desarrollo físico, mental, espiritual y social.

      Es el acceso a estos contenidos uno de los aspectos más preocupantes y difíciles de abordar en relación al uso de Internet. Si bien es cierto que la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce el derecho de los niños y las niñas a buscar y difundir información e ideas de todo tipo, también establece su derecho a ser protegidos contra toda información y material perjudicial para su bienestar, así como contra cualquier injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, su familia, domicilio, correspondencia y cualquier ataque a su honra y reputación.

      Igualmente habrá que tener en cuenta la responsabilidad que la Convención atribuye a los padres, tutores, representantes legales y educadores a la hora de proporcionar a los niños directrices y orientaciones apropiadas para que ejerzan los derechos reconocidos en ella.

      Una adecuada protección, respetuosa con los derechos de los niños y niñas, mencionados anteriormente, implica necesariamente un buen conocimiento del funcionamiento de la red y sus posibilidades, la formación necesaria para detectar contenidos potencialmente perjudiciales e información sobre los mecanismos de protección existentes, tanto técnicos como legales.

      En definitiva el mejor método de prevención de manejo pernicioso de Internet, pasa por la Educación. Hacer que los niños y la niñas, padres, y educadores conozcan lo más exactamente posible las posibilidades del uso de Internet y sus peligros. La comprensión, naturalmente, se deberá sustentar no solo en el marco referente a la utilización de un medio estrictamente técnico, sino fundamentalmente en conceptos propios de la Educación para el Desarrollo, tales como, interdependencia, imágenes y percepciones, justicia social, comprensión y solución de conflictos o cambio y futuro.

      En este sentido se hace necesario el desarrollo de buenas campañas de sensibilización a todos los niveles, que informen a los niños/as, jóvenes y padres sobre los beneficios y perjuicios del uso de la red.

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